En el país existen actualmente un gran número de entidades financieras que, de acuerdo con el esquema de desarrollo adoptado para el sector, cumplen objetivos y funciones bien definidas. En ocasiones se presenta el caso de que diferentes clases de entidades intermedian una misma línea de crédito o tienen una modalidad común de captación de recursos.
Corporaciones Financieras
Aparecieron por primera vez en Colombia en 1957 como resultado de un esfuerzo combinado entre la ANDI (Asociación Nacional de Industriales) y la Asociación Bancaria, para lograr el establecimiento de instituciones crediticias que pudieran canalizar recursos internos y externos hacia la financiación del sector industrial.
Las corporaciones financieras, en relación con las empresas en las cuales pueden cumplir su objetivo, pueden realizar operaciones tales como: Promover su creación, reorganización, fusión, transformación y expansión mediante las operaciones autorizadas por las normas legales; suscribir y adquirir acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones; Colocar mediante comisión acciones, bonos y otras obligaciones de nueva emisión o de mercado secundario emitidos por dichas empresas; Efectuar las operaciones de cambio exterior autorizadas por la ley, y en particular abrir cartas de crédito y conceder crédito en moneda extranjera; Servir de intermediario de recursos en moneda legal o extranjera, contratados o administrados por el Banco de la República o cualquier otra entidad crediticia oficial existente; Descontar, aceptar y negociar toda clase de títulos emitidos a favor de las empresas, con plazo mayor de un año; y Otorgar y recibir avales y garantías en moneda legal o extranjera de acuerdo con las disposiciones de la Junta Directiva del Banco de la República y del Gobierno Nacional, cada uno dentro de su competencia.
Bancos
Institución que realiza labores de intermediación financiera, recibiendo dinero de unos agentes económicos (depósitos), para darlo en préstamo a otros agentes económicos (créditos). La ley define las operaciones que puede realizar un banco y prohibe el uso de esta denominación a otras instituciones o empresas. Los principales tipos de bancos son: bancos comerciales, bancos de fomento y bancos hipotecarios.
Las principales operaciones autorizadas a los bancos son: Descontar y negociar pagarés, giros, letras de cambio y otros títulos de deuda; Recibir depósitos en cuenta corriente, a término y de ahorros; Cobrar deudas y hacer pagos y traspasos; Comprar y vender letras de cambio y monedas; Otorgar crédito; Recibir bienes muebles en depósito para su custodia; Tomar préstamos dentro y fuera del país; Otorgar avales y garantías.
Compañías de Financiamiento Comercial
La aparición de las compañías de financiamiento comercial en nuestro medio fue el fruto de la serie de normas aparecidas en la década del 70 para frenar la proliferación del mercado extrabancario.
Las principales operaciones autorizadas a las Compañías de Financiamiento Comercial son: Captar ahorro a través de depósito a término; Negociar títulos valores y colocar mediante comisión, obligaciones y acciones emitidos por terceros; Otorgar préstamos; Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidos por entidades de derecho público de cualquier orden; Efectuar operaciones de compra de cartera o factoring, de compra y venta de divisas, y de Leasing.
Compañías de Seguros
Son instituciones financieras especializadas en asumir riesgos de terceros mediante la expedición de pólizas de seguros. Son entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y deben estar constituidas como sociedades anónimas.
En Colombia existen dos tipos de compañías de seguros: las generales las cuales buscan mediante la expedición de pólizas cubrir los riesgos de robo, hurto, daños, transporte de mercancías, protección contra incendios, terremotos, lucro cesante, manejo y cumplimiento; y las de vida las cuales se especializan en cubrir, mediante la expedición de pólizas los riesgos de muerte, en forma individual o colectiva, accidentes personales, hospitalización y cirugía, etc.
Compañías de Financiamiento Comercial Especializadas en Leasing
El Leasing o arrendamiento financiero, es una actividad a través desde la cual los diferentes sectores económicos pudieron adelantar los procesos de modernización, con la incorporación de tecnologías y maquinarias fundamentales para elevar los índices de productividad que garantizaran la mayor competitividad que trajo la liberación de los mercados.
1. Clases de Leasing
Las principales clases de Leasing son las siguientes:
1. Leasing Financiero
2. Leasing Operativo
3. Leasing de importación
4. Leasing Inmobiliario
5. Cross Border Leasing
6. Leasing Sindicado
7. Leasing Internacional
2. Obligaciones de las partes
* Compañía Leasing:
Entregar el bien en condiciones óptimas de funcionamiento, si se ejerce la opción de compra, transferir el dominio del bien, y entregar copia del contrato especificando claramente las cláusulas principales.
* Cliente: Hacer uso adecuado del bien y velar por su conservación en buen estado, si no ejerce la opción de compra, restituir el bien, Permitir inspecciones del bien, y Pagar cumplidamente.
3. Ventajas del Leasing
1. No exige entrega de dinero inicial por parte del cliente
2. Ágil y simple de tramitar.
3. Se puede financiar el 100% del bien objeto del contrato
4. Reduce las exigencias de capital de trabajo.
5. Elimina, a un costo, el riesgo de obsolescencia de los bienes financiados.
6. Los activos no corren con ajustes por inflación para el arrendador.
4. Casos en los que es recomendable el leasing
1. Cuando en razón del desarrollo tecnológico la probabilidad de obsolescencia es muy alta.
2. Si la inversión requiere grandes erogaciones de capital. Lo que llamamos “gran” inversión de capital, depende de la empresa en particular.
3. Algunos negocios requieren de un equipo en condiciones óptimas de mantenimiento (casi nuevo)
4. Cuando se trata de equipos para una labor específica.
5. En negocios de temporada.
6. Para resolver problemas graves de capital de trabajo (leaseback).
Fiduciarias.
Las sociedades fiduciarias son sociedades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia Bancaria. Reciben mandatos de confianza, los cuales desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesoras de sus clientes.
Los productos fiduciarios más conocidos en el mercado nacional son: fideicomiso de inversión, fideicomisos de administración, y el fideicomiso inmobiliario.
Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía
El sistema general de pensiones está integrado por dos regímenes claramente diferenciados en cuanto a su administración, fundamentos financieros y monto de los beneficios, entre muchos otros aspectos.
Mediante la Resolución 275 de 2001, modificada por las Resoluciones 598 y 625 de 2001, se estableció que los recursos de los fondos de pensiones solo pueden destinarse a adquirir valores emitidos por personas jurídicas que hayan adoptado un código de buen gobierno y hayan adecuado sus estatutos a las Resoluciones mencionadas. Se exceptuó de esta obligación a la Nación.
Bolsas de Valores.
Son los clásicos intermediarios de capitales, pues su objeto básico consiste en poner en contacto oferentes y demandantes de títulos representativos de valores, mediante la intervención de personas autorizadas para ello, que hacen las veces de representantes de los oferentes y demandantes (Comisionistas de Bolsa) y convienen reuniones públicas (ruedas) el precio de los títulos, objeto de la transacción.
Mediante la Resolución 270 de 2001, la Superintendencia de Valores autorizó la constitución de la bolsa de Valores de Colombia S. A., en la cual quedaron unificadas las bolsas de Bogotá, Medellín y Occidente.
Las bolsas de valores cumplen con funciones como: Inscribir, previo el cumplimiento de los requisitos legales, títulos o valores para ser negociados en bolsa; Mantener el funcionamiento de un mercado bursátil debidamente organizado; Fomentar las transacciones de títulos y valores, y reglamentar las actuaciones de sus miembros; Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias por parte de sus miembros; Ofrecer al público datos auténticos sobre las entidades cuyos títulos estén inscritos en la bolsa; y Establecer martillos para el remate público de títulos o valores negociables en bolsa.
Gran sintesis!!
ResponderEliminaralbenis buen resumen puntual e interesante!! cuidate
ResponderEliminarinteresante aporte en el tema
ResponderEliminartu resumen cumple las caracteristicas y respeta el sentido del texto :)
ResponderEliminarMUY PUNTUAL, FELICIDADES
ResponderEliminarAlbenis muy conciso y pertinente tu ensayo, bastante interezante, te felicito
ResponderEliminarAlbenis, muy bueno tu resumen y tu ensayo, felicitaciones
ResponderEliminarExcelente Ensayo claro y puntual
ResponderEliminarLa información que nos compartes en muy valiosa, gracias.
ResponderEliminarMuy bien me parece que esta super claro.!! felicitaciones
ResponderEliminarExcelente publicacion..
ResponderEliminarfelicitaciones por los aportes al conocimiento de la gestion financiera.
ResponderEliminarun prospero 2011, lleno de gozo, paz y tranquilidad.